RESUMEN DE REGLAMENTO
A. GENERALIDADES
1. El Condominio SERENA VALLARTA es un edificio residencial privado que es hogar de muchos de sus residentes, y no debe considerarse como centro vacacional y hotel. Por favor no le pida al personal que desempeñe funciones que corresponden a las de un hotel.
2. Estas reglas son parte de los estatutos del Condominio Serena Vallarta, pero no lo incluye todo. Si requiere información adicional, póngase en contacto con su agencia de alquiler o con el propietario.
3. El ruido dentro de la unidad o las áreas comunes, debe mantenerse a un nivel mínimo, especialmente entre las 9:00 p.m. y las 8:00 a.m. Por favor evite conversar a un volumen alto y azotar puertas.
4. El Condominio Serena Vallarta no se hace responsable por daños o pérdida de objetos personales.
5. El número de personas permitidas en los departamentos del Condominio está limitado a 6 SEIS PERSONAS. Ninguna persona no registrada en el contrato de renta debe permanecer en el departamento y edificio durante la noche.
6. Los ocupantes que no sean propietarios (huéspedes), deben ser registrados en la oficina de administración en horario de oficina a su llegada, de tal manera que la administración pueda identificarlos conforme a la información que están proporcionando. A su llegada, deben llenar el FORMATO DE REGISTRO DE RENTISTAS y presentar una identificación oficial con fotografía de la persona responsable del grupo. Los huéspedes tienen permitido recibir visitantes, quienes deberán apegarse a las reglas internas del Condominio en todo momento.
7. La basura debe depositarse en los contenedores ubicados en el piso 7, en bolsa cerrada, en horario de 8 am a 6 pm todos los días.
8. No está permitido ningún tipo de tendedero en los balcones, ni colgar ningún objeto en el cristal o barandal del balcón. No se permiten tampoco sombrillas ni objetos que afecten la imagen del Edificio.
9. No está permitido el uso de asadores en ninguna área del edificio o departamento
B. ALBERCA (Favor de consultar el Reglamento ubicado frente al elevador del séptimo piso, en el área de albercas, para conocerlo detalladamente.)
- Por seguridad, no se permiten objetos de cristal o vidrio que puedan romperse y causar daño.
- No se permite apartar sillas, mesas y camastros para personas que no se encuentren presentes en el área de la alberca.
- No se permite correr en el área, ni caminar al borde de las albercas, ni cualquier otra conducta de riesgo en las albercas.
- Está prohibido comer, ingerir bebidas y fumar en el interior de las albercas.
- Los arrendatarios de corto plazo (menos de un mes) que cumplan con el máximo de 6 SEIS personas hospedadas, no podrán tener invitados en el área de albercas.
- El horario de albercas es de 10:00 AM a 10:00 PM
- Está prohibido subirse mojado al elevado.
C. ESTACIONAMIENTO
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Si un huésped tiene permitido por parte del dueño, estacionar su vehículo en el estacionamiento, éste deberá ser estacionado en el espacio designado al departamento rentado y mantenerlo en condiciones operables.
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Cualquier vehículo que ocupe un cajón de estacionamiento debe ser registrado en la administración en el FORMATE DE REGISTRO DE RENTISTAS. Cualquier vehículo no registrado correrá el riesgo de ser retirado por una grúa, al igual que cualquier vehículo que se encuentre bloqueando la entrada de algún vecino o si está ocupando algún cajón que no le corresponda.
D. MASCOTAS
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Las mascotas deben traer correa y estar bajo el control de sus dueños en todo momento. No se permiten mascotas en el área de albercas, ni en el jardín de la Parota.
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Si una mascota, por descuido, hace sus necesidades en algún área común, sus dueños deben limpiar inmediatamente y desecharlos de manera adecuada.
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Los dueños de mascotas serán responsables del ruido que generen, por lo que se les pide que atiendan a sus mascotas de tal manera que no alteren la paz de los vecinos.
E. SANCIONES
EL INCUMPLIMIENTO DE LO ANTERIOR Y DE LOS ESTATUTOS GENERALES DE CONDOMINIO SERENA VALLARTA, RESULTARÁ EN UNA SANCIÓN ECONÓMICA AL PROPIETARIO DEL DEPARTAMENTO POR LA CANTIDAD DE $500 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) POR CADA EVENTO, MISMO QUE SERÁ CARGADO EN EL ESTADO DE CUENTA DEL DEPARTAMENTO EN CUESTIÓN. LA ADMINISTRACIÓN DARÁ UN AVISO PREVENTIVO A LA PRIMERA FALTA. DE INCIDIR, LA ADMINISTRACIÓN APLICARÁ LA SANCIÓN MENCIONADA EN LA SEGUNDA NOTIFICACIÓN. DICHAS NOTIFICACIONES SE EXTENDERÁN TANTO AL RENTISTA COMO AL DUEÑO DEL DEPARTAMENTO, POR ESCRITO.